Es la radiodifusión sonora, en frecuencia modulada (FM), de baja potencia (25 Watts) y cobertura restringida a un radio de 1 km desde la antena transmisora. Solo las asociaciones y fundaciones comunitarias sin fines de lucro con sede en el lugar donde se presta el servicio pueden operar este servicio. Las radios comunitarias deben tener una programación plural, sin ningún tipo de censura, y deben estar abiertas a la expresión de todos los habitantes de la región atendida.