LEY DE MIGRACION
TรTULO PRIMERO
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPรTULO รNICO
DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artรญculo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden pรบblico y de observancia general en toda la Repรบblica y tienen por objeto regular lo relativo al ingreso y salida de mexicanos y extranjeros al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y el trรกnsito y la estancia de los extranjeros en el mismo, en un marco de respeto, protecciรณn y salvaguarda de los derechos humanos, de contribuciรณn al desarrollo nacional, asรญ como de preservaciรณn de la soberanรญa y de la seguridad nacionales.
Artรญculo 2. La polรญtica migratoria del Estado Mexicano es el conjunto de decisiones estratรฉgicas para alcanzar objetivos determinados que con fundamento en los principios generales y demรกs preceptos contenidos en la presente Ley, se plasman en el Reglamento, normas secundarias, diversos programas y acciones concretas para atender el fenรณmeno migratorio de Mรฉxico de manera integral, como paรญs de origen, trรกnsito, destino y retorno de migrantes.